Dicho esto y analizadas como han sido las pruebas promovidas y evacuadas, resulta para esta Juzgadora y en aras de dar cumplimiento al Principio Constitucional de Tutela Judicial Efectiva que se encuentra contemplado en el Artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, nada obsta para que éste TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LAS PARROQUIAS CARAYACA Y EL JUNKO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA, DECLARAR: TÍTULO SUPLETORIO, a favor de la SOCIEDAD MERCANTIL SANTEC ELECTRONICA C.A., inscrita ante el Registro Mercantil V de la Circunscripción judicial Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 08/08/2007, bajo el N° 73, Tomo 1638-A, Tercer Trimestre del año 2007, representada por su Vicepresidente, ciudadano DANNY GILBERTO SÁNCHEZ MEDINA, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.833.108, sobre las bienhechurías descritas en su solicitud y en el Certificado de Existenc.....