En virtud de los razonamientos anteriormente expresados, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de las Parroquias Carayaca y El Junko de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO fundamentado en el Artículo 185-A del Código Civil, en concordancia con la Sentencia N° 693, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 02 de Junio de 2015, y por consiguiente, disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos JOSÉ ATILIO INCIARTE y FELIPA EDITA SIVIRA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-9.195.534 y V-6.471.123, respectivamente, quienes contrajeron Matrimonio Civil el dia Quince (15) de Noviembre del año Dos Mil Tres (2003), por ante la Jefatura Civil de La Parroquia Carayaca, Concejo Municipal del Municipio Vargas, Estado Vargas, hoy Estado La Guaira, quedando dicha Acta i.....