Este Tribunal Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo (Coordinación del Trabajo) de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el presente recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra de la sentencia de fecha siete (07) de junio del año dos mil cuatro (2004), pronunciada por el Tribunal Primero de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada por el Tribunal A-QUO, en consecuencia, se reconoce el carácter de cosa juzgada a las transacciones celebradas en su oportunidad en los correspondientes procedimientos de calificación de despido, se declara terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente. TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.