Por todos los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la profesional del derecho SARAHAVELI MENDOZA AZZATO, Abogada en ejercicio e inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 45.642, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante (apelante) ciudadano LUIS ENRIQUE GONZÁLEZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº. V- 5.570.840, en fecha 12 de Junio de 2018, contra la Sentencia de fecha once (11) de Junio de 2018, dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo del Estado Vargas. SE CONFIRMA el fallo apelado, emanado del el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial.....