en virtud de que la parte demandada no ha dado respuesta sobre la forma y oportunidad en que dará cumplimiento a la ejecución de la sentencia, es por lo que se niega lo solicitado y se ordena a la parte demandada HOSPITAL PSIQUIATRICO DE ANARE ADSCRITO AL MINISTERIO PARA EL PODER POPULAR PARA LA SALUD, a que incluya en el próximo ejercicio presupuestario la cantidad de Bs.33.689,28, a favor de la ciudadana TOMASA MANZO