Iniciada la audiencia, la representación judicial de la demandada, ofrece el siguiente acuerdo a la demandante, en los siguientes términos: PRIMERO: La parte demandada ofrece pagar a la ciudadana LEVMEL LUNA, la cantidad de SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SIETE BOLIVARES CON SETENTA Y DOS CENTIMOS (69.407,72 BsF). Dicho pago comprende todos los conceptos demandados por la parte actora, esto es: Prestación de Antigüedad articulo 108 LOT derogada; Utilidades; Vacaciones Fraccionadas; Bono Vacacional Fraccionado; Indemnización por Despido; Preaviso Sustitutivo; Retenciones Indebidas. SEGUNDO: Dichos montos fueron pagados por la empresa en fecha 18 de mayo de 2.012, tal y como se desprende de diligencia, presentada al efecto; mediante tres cheques identificados con los números 76002613, 01002614 y 71002615, girados contra la cuenta corriente numero 0102-0485-21-0000087285, de fechas 17 de mayo de 2012, todos del Banco de Venezuela, por los siguientes montos: 8.851,56 BsF; 37.556,16 BsF .....