visto el Convenimiento efectuado, por la parte accionada y el esquema de pago establecido en el mismo; este Tribunal, en atención a lo dispuesto en los artículos 263 y 363 del Código de Procedimiento Civil, en aplicación analógica conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente Homologación; declarándolo firme y con efecto de cosa juzgada.