III
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, decide en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de la MEDIDA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS solicitadas por la empresa CERVECERIA POLAR COMPAÑÍA ANONIMA, contra las Providencias Administrativas en la Nº 036-2016-01-00577, 036-2016-01-00552, 036-2016-01-00552, 036-2016-01-00056, 036-2016-01-00554, 036-2016-01-00559, 036-2016-01-00567, 036-2016-01-00575, 036-2016-01-00578, 036-2016-01-00580, 036-2016-01-00581, 036-2016-01-00558, 036-2016-01-00582, 036-2016-01-00573, 036-2016-01-00569, 036-2016-01-00568, 036-2016-01-005056, de fecha 16 de agosto de 2016 dictada por la Inspectoria del Trabajo del Estado Vargas
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.
TERCERO: Se ordena la notificaci.....