DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y con fuerza en los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia y por autoridad de la ley, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: SE HOMOLOGA la transacción celebrada entre la ciudadano YOVANNI JOSE LATAN, titular de la cédula de identidad V- 16.194.297, asistido por la profesional del derecho MARÍA DOS SANTOS DE FREITES, inscrita en el instituto de previsión social del abogado bajo el Nº 32.994, y la entidad de trabajo Sociedad Mercantil "SEGURIDAD JOS, C.A ";, asistido por el profesional del derecho Abogado ELVIC LISBETH PERDIGON PERNIA y TERESA AVOLIO DE LAINE; abogadas en ejercicio, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 95.605 y 91.781, respectivamente. por la cantidad de CIENTO SESENTA MIL BOLÍVARES EXACTOS SIN CENTIMOS (Bs. 160.0.....