De la presentada Tacha de documento público marcado con la letra B de las pruebas promovidas por las parte demandada en lo referente al contenido de la copia certificada del procedimiento de solicitud de reenganche y pago de salarios caídos introducido por la ciudadana MARIA ANGELICA ALEMAN FERRER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 16.726.045. Esta sentenciadora observa que la tacha propuesta por la representación judicial de la parte actora, se circunscribe específicamente al contenido de la misma en diferentes aspectos que según el mismo pudo notar, en detrimento y violación al debido proceso,.
Ahora bien es necesario hacer referencia de la institución procesal de la tacha, de conformidad con lo establecido en el articulo ART. 1359 del código civil venezolano el instrumento publico hace plena fe así entre las parte como respecto de terceros, mientras no sea declarado falso....., en concordancia con lo establecido en el articulo ART 83 de nuestra L.....