En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara al Ciudadano DAVID JOSE QUIJADA FALCON, titular de la cedula de identidad N° V-.15.267.671, demandado como Persona Natural, confeso y admitidos como ciertos los conceptos demandados conforme a lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal de Trabajo y en consecuencia:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por concepto de PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, interpuesta por la ciudadana DELIA CAROLINA JIMENEZ HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Número: V.- 19.123.100, contra el Ciudadano DAVID JOSE QUIJADA FALCON, titular de la cedula de identidad N° V-.15.267.671, demandado como Persona Natural. En consecuencia, se ordena al Ciudadano DAVID JOSE QUIJADA .....