´ECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado la Guaira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: HOMOLOGA el desistimiento de la demanda, presentado por el ciudadana EDUARDO ANTONIO MEJIAS LOCANTORE, Inscrito en el IPSA bajo el N°77.992, apoderado judicial de la parte demandante, en el juicio intentado por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, en contra de la Entidad de Trabajo "SEGURIDAD Y PREVENCIÒN ZEUS. C.A RIF Nº J-40538009-8 y solidariamente la entidad de trabajo COPORORACIÒN SAKEFT LOGISTICA, C.A, RIF J-41033250-6".
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del juzgado Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Estado la Guaira, a los veintiocho (28) días del mes de octubre del año dos mil veinticinco (2025).
JUEZ SUPERIOR
Abg. SIUL ABRAHAM MEGRES VIZCAY.....