DISPOSITIVO
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de apelación interpuesta por la ciudadana JENNY NIELSEN, ya identificada en autos. SEGUNDO: SIN LUGAR, el recurso de apelación ejercido por el ciudadano ELIO DANIEL MUSTIOLA RIZO, ya identificado en autos, actuando en representación de la parte demandante. TERCERO: SE RATIFICA LA SENTENCIA, recurrida. CUARTO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dada la naturaleza del fallo
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los veintinueve (29) días del mes de septiembre de 2025. Años: 215° de la Independencia y 166° de la Federación.
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