ABSUELVE al ciudadano JOSE ANTONIO SERRANO, ampliamente identificado al comienzo del presente fallo, de la acusación formulada en su contra por el Representante del Ministerio Público en la cual le imputó la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE CON PENETRACION GENITAL, previsto y sancionado en los artículos 260 y 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, todo de conformidad con lo establecido en el precepto legal contenido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, exonerándose al Ministerio Público, de conformidad con lo previsto en el artículo 272 del Código Orgánico Procesal Penal, del pago de las costas procesales, en virtud que para el momento de ser formulada y admitida su acusación, la misma gozaba del fundamento debido y no fue sino hasta la realización del debate que sus medios probatorios resultaron insuficientes para sustentarla, cesando de manera inmediata la medida de privación judicial preventiva de libertad impuesta al.....