En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA, realizada por la Fiscalía Decimoséptima del Ministerio Público, por el hecho ocurrido el día 30-06-2.006, en las circunstancias de tiempo, lugar y modo, que ya han sido mencionadas en las actas, y en la que figuran como imputados los adolescentes: 1.- (IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA) 2.-(IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA); y 3.- (IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA); investigados por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADORES INMEDIATOS, previsto en el artículo 458 del Código Penal, en concordancia del artículo 83 Ibídem, en perj.....