En consecuencia de lo expuesto anteriormente, esta Jueza Unipersonal Nº 05 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA, formulada por los ciudadanos: OLGA MARISOL MORENO CONTRERAS y MIGUEL VILLAMIZAR BECERRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-13.762.040 y V-12.490.039 en su orden, asistidos por la Abogada YELITZA LILIANA OLIVEROS MEDINA, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nros. 98.090. En consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído por ellos, según consta en Acta de Matrimonio Nº 22 levantada en fecha 22 de Mayo de 1997, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Monseñor Miguel Antonio Salas del Municipio Jáuregui, Estado Táchira.
En relación a su .....