PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por el Ministerio Publico en contra del acusado JOSE ALFREDO MORENO, de nacionalidad venezolana, natural de San Félix, Estado Bolívar; nacido en fecha 13 de diciembre de 1977, de 31 años de edad, hijo de José Alfredo Delnogal (v) y de Maria Mercedes Moreno (v), titular de la cedula de identidad N° V.-15.354.349, soltero, de profesión u oficio Vigilante, domiciliado en el Barrio Cuji, calle 7, casa N° 1-34, avenida Principal, casa de color verde, Ureña, Estado Táchira, Teléfono: 0416-1317059, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en concordancia con el articulo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en perjuicio del Orden Publico, de conformidad a lo establecido en el artículo 330 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE las pruebas ofrecidas por el Representante del Ministerio Publico; por considerarlas licita.....