"...PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Solicitud de AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por la ciudadana MONICA TATIANA TORO GALVAN, colombiana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E-84.574.199, domiciliada en Piedra de Moler, Municipio García de Hevia, Estado Táchira. Actuando en nombre y representación de sus hijos XX.
SEGUNDO: Se condena al ciudadano YAMID EMIRO PEDROZA GARCON, colombiano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E-84.394.068, residenciado en Las Mesas, Municipio Antonio Rómulo Costa, Estado Táchira, a pagar para su hijo XX, como Aumento de la Obligación de Manutención, la cantidad de TRES MIL BOLÍVARES (Bs. 3.000,00) mensuales a partir del mes de JULIO de 2015. Dinero que deberá ser pagado o depositado dentro de los primeros cinco días de cada mes. Cantidad que deberá ser descontada de la nómina del demandado.
TERCERO: En cuanto a los gastos extraordinarios (Escolares, decembrinos, médicos y de medicinas) que .....