Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos: HILGER SIRIT LEON HEREDIA Y MARIA GABRIELA JIMENEZ VARGAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.509.142 y V-18.785.773, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal que los unía, contraído el día 16 de Enero de 2009, por ante la Primera Autoridad Civil de la Prefectura del Municipio Palavecino, estado Lara.