este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL CIVIL DEL ESTADO LA GUAIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, HOMOLOGA el desistimiento a la solicitud de HABEAS DATA, interpuesto por el ciudadano ELEAZAR QUINTERO BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.865.378, debidamente representado por los abogados JHONNY FRANCISCO RODRIGUEZ GARCIA e INNGLY ROSA MEDINA, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 184.550 y 306.322, respectivamente, y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en los artículos 263 y 266 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.
Asimismo, vista la solicitud de Devolución de originales, este Tribunal acuerda de conformidad. En consecuencia, se ordena el desglose de los documentos originales .....