En consecuencia, este Juez Unipersonal N° 03 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente demanda de GUARDA, intentada por el ciudadano HERRERA ISEA LUIS EDWIN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.172.637, en contra de la ciudadana VERA ATENCIO LORENA INÉS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.916.578, en beneficio de su hijo, el niño HERRERA VERA LUIS DANIEL, identificado con Partida de Nacimiento N° 64 de fecha 16 de Enero de 1.997, expedida por la Prefectura de la Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, de conformidad con lo señalado en los artículos 76 y 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 8, 80 y 359 de la Ley Orgánica para la Protección del.....