CONDENA a la ciudadana NOLIDA COROMOTO RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad No. 10.453.706, nacido el 16-09-1970, a cumplir la PENA DE QUINCE (15) AÑOS DE PRISION por la comisión del delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y 37 del Código Penal.
SEGUNDO: Igualmente se le condena, a cumplir las penas accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal.
TERCERO: Igualmente se exime del pago de las costas procesales de conformidad con lo establecidos en los artículos 26 y 254 de la Constitución Bolivariana de Venezuela concatenado en el artículo 272 del Código Orgánico Procesal Penal.
CUARTO: En base a la pena impuesta y el tiempo que tiene detenida la mencionada acusada de autos, se fija provisionalmente el cumplimiento de la pena para el día 26 de Octubre de 2016, ello de conformidad con lo establecido en e.....