Se acuerda la aplicación de las MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al Adolescente imputado IDENTIDAD OMITIDA, de Acuerdo con el articulo 582 literales ¿b¿, ¿c¿ y ¿d¿ de Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la cual consiste que el mismo se presente cada ocho (08) días, es decir, los días lunes por ante la sede de este Tribunal.