CAPÍTULO III
DECISIÓN
Por las anteriores razones de hecho y de derecho, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la solicitud de aumento de la obligación alimentaria, incoada por la ciudadana: AURA ELENA ORTEGA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 9222556, contra: ARGENIS RAFAEL VALERO MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 10158784, a favor de su hija: YUSSELFY CAROLINA VALERO ORTEGA, en tal virtud se fija:
PRIMERO: Se establece como nuevo monto de la obligación alimentaria la cantidad de CIENTO TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 130.000.00) mensuales.
SEGUNDO: Se establece que en el mes de agosto de cada año la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 260.000.00), para cubrir los gastos de útiles y uniformes escolares, de su .....