En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano penado GUILLERMO JOSE PEREZ MORENO, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, nacido en fecha 30/12/1983, de 28 años de edad, hijo de Pablo Pérez (v) y de Miriam Moreno, titular de la cédula de identidad Nro. V.-17.153.538, residenciado en la carretera vieja, hospital San José, casa de bloques a 8 casas de la licorería cerca de la casa San Pedro Machado, Maiquetía, Estado Vargas, en virtud de haberse dictado sentencia absolutoria a su favor, en fecha 18/04/2013, de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal.