Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, conforme a las facultades establecidas en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por mandato del pueblo venezolano y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA SIN LUGAR LA OPOSICIÓN AL PAGO realizada por el Ciudadano NELVIN ANTONIO MARTÍNEZ DURÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.808.375, de este domicilio y hábil, a través de su APODERADA JUDICIAL ABOGADA ZAIDA MARÍA GUERRA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.361.259, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 105.040 según poder apud-acta de fecha 24/10/2006, corriente al folio 24.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal conforme a los artículos 247 y.....