Se declara con lugar la solicitud del Ministerio Público en cuanto a la medida cautelar privativa de libertad en contra de los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, ampliamente identificados en autos, de conformidad con lo establecido en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes por encontrarse llenos los extremos del artículo 628 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y adolescente que señala los delitos por los cuales los adolescentes pueden ser privados de libertad.