ORDENA EL CESE DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA que cumplió seguida al Joven adolescente IDENTIDAD OMITIDA, quien fuera sancionado por la comisión del delito de Robo agravado, previsto y sancionado en el artículo 456 del Código penal Vigente para el momento de los hechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, ante lo cual a partir de la presente fecha el joven permanecerá en LIBERTAD PLENA Y SIN RESTRICCIONES.