3.- IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos por los profesional del derecho , DUVRASKA PEREZ, , identificada en autos anteriores. En su condición de apoderados judiciales de la sociedad mercantil MERCADOS DE ALIMENTOS, C.A. (MERCAL, C.A), contra el acto administrativo de fecha dieciocho (18) de diciembre de dos mil diecisiete (2017), emanado de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTADO VARGAS, contenido en la Providencia Administrativa Nº 442-17, de fecha catorce (14) de diciembre de dos mil diecisiete (2017). que declaró Con Lugar, la solicitud de REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS , incoado por la ciudadana INADELCIA BELARMINA GALLARDO CALCURIAN, titular de la cédula de identidad número V.- 5.569.244. La cual ordenó a la entidad de Trabajo antes indicada el inmediato Reenganche e Incorporación de la ciudadana en mención a su puesto de trabajo habitual en las mismas condiciones en la que se encontraba al momento de su despido y, asimismo se condenó a la parte.....