Se le acreditó a la ciudadana CORINA CARVAJAL HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, divorciada, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-1.455.506, el decreto de TITULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurías antes descritas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.