PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión de los imputados JUAN CARLOS CAPACHO GAFARO, colombiano, natural de Pamplona Norte da Santander, República de Colombia, titular de la Cédula de Ciudadanía N° E-83.644.024, nacido en fecha 09-04-1.980, de 24 años de edad, de profesión u oficio latonero, de estado civil soltero, residenciado en Santa Teresa, calle N° 01, casa N° 3-19, San Cristóbal Estado Táchira, y ANDRA CAROLINA CALDERON NIEVES, venezolano, natural San Cristóbal Estado Táchira, titular de la cédula de identidad N° V-16.983.202, nacido en fecha 23-11-1.983, de 21 años de edad, de profesión u oficio alquiler de celulares, de estado civil soltera, residenciada en Táriba, Barrio El Vegon calle El Silencio, casa N° 01-120; Estado Táchira; por la presunta comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO y MUNICIONES PARA ARMA DE FUEGO, previsto y Sancionado en el Artículo 278 del Código Penal, en concordancia con el artículo 9 de la Ley sobre Armas y Explosivos, e.....