III
DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede laboral, DECLARA:
ÚNICO: LA PRESCRIPCIÓN DE LA PRETENSIÓN LABORAL y como consecuencia de ello, DESECHADA LA DEMANDA instaurada por la ciudadana YUSMAIRA JIMÉNEZ BOHÓRQUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V- 14.418.687 y domiciliada en el Municipio Cárdenas del Estado Táchira, en su carácter de TRABAJADORA, contra la sociedad mercantil CAFÉ INTERNET COMPAÑÍA ANÓNIMA, de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el 04 de abril de año 2000, bajo el N° 21, tomo 7-A, en su carácter de PATRONA, representada por su presidente, ciudadano RICARDO LOTTICI AQUILINO, venezolano, ma.....