Por las consideraciones esgrimidas, esta Jueza a cargo del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el Parágrafo Primero-ordinal "d" de artículo 466 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECRETA:
PRIMERO: Se fija un Régimen de Convivencia Familiar Provisional, a favor de la niña, bajo los siguientes términos:
Los fines de semanas, cada quince (15) días el ciudadano ANDRES ENRIQUE CHINCHILLA BUSTOS, retirará al niño del hogar materno, a las seis de la tarde (06:00pm.), y la entregará el día Domingo, en el hogar materno, a las seis de la tarde (06:00pm.); en tal sentido, queda entendido que la niña pernotara en casa de su padre.
De igual manera, el ciudadano AND.....