En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: ACUERDA EXPEDIR ORDEN DE APREHENSION ciudadano JUAN LUIS VARGAS CUELLO, fecha de nacimiento 06-05-1960, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.480.740, residenciado en Cerro lo Cachos, parte alta, Barrio Las Flores, casa S/N, donde están los Jeep en la primera entrada a mano izquierda, Maiquetía, Estado Vargas, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto y sancionado en el artículo 259 , encabezamiento de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en agravio de la niña (...) de quien se omite la identidad de conformidad a lo establecido en el artículo 65 .....