SE DICTA SENTENCIA Y SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos JUAN CARLOS QUIJADA CARPIO e ISSA GLEIDYS BENITEZ BARRIOS, contraído el día 04 de febrero de 1.999, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Carlos Soublette, Municipio Vargas del Estado Vargas.