PRIMERO: ACUERDA LIBRAR MANDATO DE CONDUCCIÓN, a la Policía del Estado Táchira, mediante oficio, conforme a lo previsto en el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de lograr la comparecencia ante la Fiscalía Primera del Ministerio Público del ciudadano JORGE ELIÉCER SANABRIA PABÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-9.188.606, domiciliado en El Palmar Ramireño, Sector La Fortuna, calle principal, casa S/N, Municipio Córdoba, Estado Táchira, con especial advertencia a los funcionarios que de deben practicar la conducción y traslado del referido ciudadano, a la sede de la Fiscalía Primera del Ministerio Público.
SEGUNDO: DICHA ORDEN DEBE SER EJECUTADA, con el debido respeto de los Derechos y Garantías Constitucionales que le asisten al referido ciudadano; asimismo, el traslado ante el Fiscal del Ministerio Público, deberá efectuarse el día 06 de Julio de 2006, a las 08:30 a.m., a los fines de la realización de la Gestión Conciliat.....