IV
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
ÚNICO: NIEGA EL CONFINAMIENTO al penado VARGAS ESCOBAR JAIR, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V.- 9.135.994, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido el 07-07-1958, de 42 años de edad, residenciado en Aldea la Mulera, final de la calle principal, sector Bobure, casa sin número, Estado Táchira. Por no cumplir con los requisitos legales exigidos para optar a este beneficio. Notifíquese al penado de la presente decisión, a su defensa y a la Fiscal Penitenciaria, conforme a la ley. Y déjese copia para el archivo del tribunal. Cúmplase.
ABOG. MARÍA HAYDEE VEZGA RAMÍREZ
JUEZ TERCERA DE EJECUCIÓN
ABOG. MARITZA CAROLINA VELASCO
SECRETARIA
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