Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de La Ley, Declara:
Primero: Se Declara Con Lugar la Incidencia de Tacha incoada por el ciudadano JAVIER NELAN VIVAS PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-9.229.232, domiciliado en San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, representado Judicialmente por el Abogado FRANKLIN ASDRUBAL ROA BECERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V- 9.342.725, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 111.017, de este domicilio.-
Segundo: Se condena en Costas a la parte perdidosa de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
Tercero: Por cuanto la presente sentencia está siendo dictada dentro del lapso legal establecido para ello, se obvia notificación de la.....