DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA, por extinción de la acción penal debido a la MUERTE, del imputado adolescente IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, de 15 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V- , quien falleció el día 18/ 01/ 2004, a quien se le atribuía la presunta comisión de delito de VIOLACIÓN AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 378 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el numeral 1° del artículo 48 y 318 numeral 3° ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el encabezamiento del artículo 103 del código Penal, todos por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.