DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
Único: Declara admisible el recurso de apelación signado con la nomenclatura 1-Aa-SP21-R-2024-000200, interpuesto en fecha ocho (08) de Julio del año 2024, según –sello húmedo de Alguacilazgo-, por el Abogado Carlos Alberto León Amaya, actuando en su carácter de defensor privado del ciudadano Rafael Navarro Lindarte –imputado de autos-; contra la decisión publicada en fecha siete (07) de agosto del año 2024, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Táchira extensión San Antonio.
Acordando en consecuencia, resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada en un lapso no mayor a la quinta (5ta.) audiencia siguiente a la de hoy, conforme a lo previsto en el artíc.....