SE DICTA SENTENCIA Y SE declara CON LUGAR la Rectificación de la referida Acta de Defunción, presentada por la ciudadana NATHALIE JANINA PEREZ JIMENEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.064.922, y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, ordena en forma sumaria a los ciudadanos Jefe Civil de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del Estado Vargas y al Registrador Principal del Distrito Capital, estampar la debida nota marginal al Acta de Defunción la cual corre inserta bajo el acta Nº 214, folio 213, de los libros de Registro Civil para Defunciones, llevados por la Jefatura Civil de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del Estado Vargas, durante el año de 1999, previamente determinada, en el sentido de que los hijos que dejó el finado, donde dice: "YARUBI DEL CARMEN y LUIS ARGENIS", deberá decir "YARUBI DEL CARMEN, LUIS ARGENIS, NATHALIE JANINA, FRANK LUIS, HENRY LUIS y LUIS ENRIQUE".