DISPOSITIVA
Por todos lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA AMPLIAR el lapso de prueba impuesto con ocasión a las condiciones acordadas en la Causa que se le sigue al JOAN ANTONIO PEÑA ECHARRY, arriba identificado, por un lapso de SEIS (06) MESES, conforme a lo establecido en el artículo 45, último aparte del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente decisión.
LA JUEZ,
ABG. ELFFY YAURIT VINCENTI A
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA LAURA ROMERO