DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la aplicación del Procedimiento ABREVIADO contemplado en el artículo 248 y el Ordinal 1º del Artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO. DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, del ciudadano SIBILLI GUISEPPE, titular de la Cedula de Identidad N° 82.137.636, de nacionalidad Italiana, natural de Italia (Residente hace 14 años), nacido el 24-07-1955, de 52 años de edad, profesión u oficio : Comerciante, hijo de Calazzo Magdalena (F) y Luiggy Sibilli (F), residenciado en: la Avenida Bolívar de Catia, mas adelante de la Electricidad de Caracas, Teléfono: 0412-7026128, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en relación con los ordinales 1° 2°, 3° y del parág.....