Por todos los razonamientos antes expuestos y en virtud de las probanzas en el presente juicio, este Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la demanda intentada por la Ciudadana Carmen Yolanda Vivas de Vivas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.222.751, civilmente hábil, domiciliada en Valencia, Estado Carabobo, contra la Sociedad Mercantil Agrolandia C.A., inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira de fecha 10 de Agosto de 2004, bajo el N° 94, tomo 8-A, cuyo representante legal es el Ciudadano Juan Hernando García Ramírez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.568.376, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira, en consecuencia se condena a la parte demandada a: