se declaró: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto al De-cujus JUAN ANTONIO BLANCO, quien falleció en fecha 03 de Noviembre de 2010, y quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nro. V-211.654, a los ciudadanos ELADIA SIMONA BAUTISTA, MAXIMA GUILLERMINA BLANCO DE PEREZ, JUAN ANTONIO BLANCO BAUTISTA, FELIX ANTONIO BLANCO BAUTISTA, MARIA ESTILITA BLANCO BAUTISTA, JOSE ANTONIO BLANCO BAUTISTA, JESUS ANTONIO BLANCO BAUTISTA, RITA HAYDEE BLANCO DE RAMOS y ALBERTO JOSE BLANCO PEREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.139.890, V-4.114.860, V-12.165.873, V-14.768.661, V-15.830.671, V-18.142.855, V-20.560.412, V-4.114.864 y V-4.114.861, respectivamente, dejando a salvo el derecho de terceros.