ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 numeral 7, del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 45 ejusdem, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano NÉSTOR LEONEL CASTILLO MÉNDEZ, de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, natural de san Antonio, Estado Táchira, nacido en fecha 22 de enero de 1.989, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.676.538, soltero, hijo de Néstor Castillo (V) y de Luisa Méndez (V), de profesión u oficio Cerrajero, residenciado San Antonio, Barrio Rafael Urdanta, sector JJ Mora, calle 13 , casa numero 13-65, del Estado Táchira, numero de teléfono 0276-7715039, en la presunta comisión del delito VIOLENCIA FÍSICA previsto sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana María Rosana Restrepo Correa, de conformidad con lo dispuesto en el 318 numeral 3 del C.....