ACUERDA PRIMERO: La Inmediata Libertad de los Adolescentes IDENTIDAD OMITIDA Y IDENTIDAD OMITIDA, Titulares de las Cédulas de Identidad N° - IDENTIDAD OMITIDA y V- IDENTIDAD OMITIDA, respectivamente, en virtud de haberse acordado Medidas Sustitutiva a la Privación de la Libertad, contenidas en los literales B, C y F del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.