RESUELVE:
PRIMERO: OTORGAR la solicitud del beneficio de "DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO" o comúnmente llamado "REGIMEN ABIERTO", al penado CESAR ENRIQUE GONZALEZ GONZALEZ, de condiciones civiles y personales que constan en la providencia, pues SI se cumplen de manera concurrente (todas) las exigencias que la ley prescribe para que en el caso presente se pueda conceder el "REGIMEN ABIERTO" a que aspira el penado.
SEGUNDO: El penado CESAR ENRIQUE GONZALEZ GONZALEZ, cumplirá el beneficio otorgado en el Centro de Tratamiento Comunitario "Dr. Eduardo Herrera", ubicado en la calle San Andrés, con calle Av. El Cerro, casa No. 85-10, Quinta Ilusión, Urbanización El TrigalValencia, Estado Carabobo.
TERCERO: IMPONER las condiciones a las cuales debe someterse CESAR ENRIQUE GONZALEZ GONZALEZ, las cuales son las siguientes:
1. No salir del territorio de la República Bolivariana de Venezuela, sin autorización del Tribunal.
2. No frecuentar lugares donde se expendan o consuman bebi.....