impone al ciudadano RIVAS MARTÍNEZ DENNY ALBERTO, arriba identificado, debido al mandato expreso contenido en el artículo 230 Código Orgánico Procesal Penal (vigente), las Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privativa de Libertad, necesarias para garantizar la finalidad del proceso contempladas en el artículo 242, ordinales 3°, 4º y 8°, en relación con el artículo 244, ejúsdem, en cumplimiento de lo cual deberá presentar dos (2) fiadores, quienes se comprometerán en forma individual al pago de ciento ochenta (180) unidades tributarias, si el acusado evadiera la justicia; debiendo consignar los fiadores, constancia de buena conducta, balance personal suscrito por un contador público, últimas tres declaraciones de impuesto sobre la renta a los fines de verificar la capacidad económica y deberán comprometerse al cumplimiento de las obligaciones previstas en el último artículo señalado y una vez ejecutada la caución personal, el acusado quedará en la obligación sometido a un régimen de pr.....