DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, Tribunal Primero de Primera Instancia con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer en Función de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: Declara CULPABLE, al acusado ciudadano OSWALDO ANTONIO PERALTA PERALTA, titular de la cédula de identidad V- 21.195.338, de estado civil soltero, natural de la Guaira, nacido en fecha 21-10-1971, profesión u oficio albañil, de 41 años de edad, hijo de Damián Viana (F) y Cirila Peralta (V) y residenciado en el Barrio Canaima, Zona 02, callejón las flores, casa s/n, Parroquia Carlos Soublette, Estado Vargas, de la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA previsto y sancionado en el artículo 259, segundo párrafo de la Ley Orgánica Para la Protección de Niño, Niña y Adolescente en agravio de niña de quien se omite s.....